El presidente de la Asociación Nacional de Empresas Generadoras (Andeg), Alejandro Castañeda, señaló que el Gobierno de Colombia propuso la suspensión de las exportaciones de electricidad a Ecuador, argumentando razones técnicas y de soberanía energética. La declaración fue publicada a través de su cuenta en la red social X, en respuesta al anuncio de Ecuador de imponer aranceles a productos colombianos.
Castañeda indicó que, según cifras del sector, el valor exportado mensual promedio de electricidad hacia Ecuador durante el año pasado fue cercano a 30 millones de dólares. Agregó que la relación eléctrica entre ambos países se ha mantenido por más de 20 años y expresó que se espera que los canales diplomáticos permitan restablecer este intercambio.

La posición de Andeg se conoce luego de que el Ministerio de Minas y Energía expidiera una resolución mediante la cual se suspenden las Transacciones Internacionales de Electricidad (TIE) entre Colombia y Ecuador. La medida tiene carácter preventivo y busca priorizar el abastecimiento de la demanda interna y la seguridad del Sistema Interconectado Nacional (SIN), en un contexto de variabilidad climática y alertas tempranas sobre una posible transición hacia un nuevo Fenómeno de El Niño.
De acuerdo con el acto administrativo, la decisión se fundamenta en análisis técnicos del balance energético nacional, el seguimiento climatológico realizado por el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) y los reportes del Centro Nacional de Despacho (CND). Estos documentos evidencian una mayor presión sobre el sistema eléctrico, una operación intensiva del parque termoeléctrico y la necesidad de asegurar la atención de la demanda doméstica.
“La suspensión de las TIE se adopta en ejercicio de las competencias del Ministerio y en cumplimiento del deber del Estado de garantizar la prestación continua y eficiente del servicio público de electricidad”, señala la resolución, que cita como fundamento el artículo 365 de la Constitución Política y el artículo 18 de la Ley 143 de 1994.
El ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea, afirmó que la prioridad del Gobierno es el abastecimiento interno. “El deber del Estado es garantizar, ante todo, que los hogares, la industria y los servicios esenciales de Colombia cuenten con energía segura y confiable”, señaló.
Según el documento, el seguimiento reciente del sistema muestra un incremento sostenido en la participación del parque termoeléctrico, con niveles superiores a 40 GWh-día, así como aportes hídricos por debajo del promedio histórico en diciembre de 2025 y señales de presión sobre algunos embalses utilizados de forma intensiva para atender exportaciones. A esto se suma el reporte de agencias internacionales que advierten un aumento en la probabilidad de ocurrencia del Fenómeno de El Niño a partir del trimestre junio–agosto de 2026.
El Ministerio precisó que la decisión no implica el desconocimiento de los acuerdos de integración energética en el marco de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), pero establece límites cuando están en juego la estabilidad del sistema eléctrico y el interés general. Palma indicó que, aunque se mantiene la disposición al diálogo, las condiciones actuales no permiten sostener las transacciones internacionales de electricidad sin comprometer el abastecimiento nacional.
La resolución establece que, a partir de su entrada en vigencia, se suspenden todas las TIE entre Colombia y Ecuador. No obstante, faculta al Ministerio de Minas y Energía para modificar, suspender o reactivar las exportaciones mediante circulares, según la evolución de las variables climáticas, energéticas y eléctricas evaluadas por la entidad, el IDEAM y el CND.
El acto administrativo señala que cualquier eventual reanudación de exportaciones solo se dará cuando existan condiciones técnicas, energéticas y comerciales que no comprometan la atención de la demanda nacional. El Gobierno nacional indicó que la medida se enmarca en una política orientada a la protección del sistema eléctrico y rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Fuente: www.dataifx.com

